El ministerio de salud expidió el decreto mediante el cual se autoriza la apertura de salas de cine y teatros en Colombia. Entre las medidas sólo se podrá disponer del 50 por ciento de la capacidad y se prohíbe el consumo de alimentos al interior de las salas.
Medidas especiales.
Se deberán dejar dos sillas vacías entre cada espectador y entre cada fila ocupada debe quedar una libre.
Para la venta de boletería, el acceso a baños y circulación de asistentes se tiene que garantizar el distanciamiento físico.